Reglamento General de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

El Reglamento General de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales tiene como objetivo desarrollar la normativa para la aplicación de la LOPDP y proteger los derechos y libertades fundamentales de los titulares de datos personales. 

Dentro de las definiciones importantes que contiene se encuentran las siguientes: 

  1. Actividades familiares o domésticas: Son aquellas en las que se trata datos personales en un entorno de amistad, parentesco o grupo personal cercano, en propiedad privada, sin fines comerciales. 
  2. Datos relativos a la salud: Incluyen información sobre todos los aspectos de salud. 
  3. Normas corporativas vinculantes: Son políticas o códigos de conducta jurídicamente vinculantes dentro de un grupo de empresas o en una unión de empresas que garanticen la transferencia internacional de datos personales. 

Esta norma tiene un enfoque técnico, pero es importante entenderla. Contiene dos aspectos clave: el “Estado de la Técnica” y los “Costos de Aplicación”. 

  1. El Estado de la Técnica se trata de los avances tecnológicos que existen en el mercado en un momento dato. Estos avances son importantes debido a que, influyen en las decisiones que debemos tomar para proteger la información y los datos.
  2. Los costos de aplicación no se limitan solo al dinero que se gasta, sino que también incluyen otros recursos valiosos, como el tiempo de las personas que trabajan en la implementación de las medidas de seguridad y organización. Por lo tanto, al aplicar estas medidas, es importante considerar cómo afectarán no solo el presupuesto, sino también el tiempo y el esfuerzo de las personas involucradas. 

Por otro lado, es importante tomar en cuenta lo que dice la normativa sobre el Delegado de Protección de Datos Personales, persona natural encargada de asesorar, velar y supervisar el cumplimiento de las obligaciones legales relacionadas con la protección de datos. El Delgado puede ser contratado por el responsable del tratamiento bajo una relación de dependencia o a través de un contrato de prestación de servicios. Debe desempeñar funciones de manera profesional e independiente, el responsable y el encargado del tratamiento están obligados a proporcionarle la asistencia y los recursos necesarios para dichas actividades.

DURINI & GUERRERO ABOGADOS

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