Norma para el fortalecimiento de la solvencia de las entidades del sector popular y solidario
Con fecha 18 de noviembre de 2024, la Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF) emitió la Resolución No. JPRF-F-2024-0124.
La resolución tiene como propósito primordial el generar el marco normativo adecuado que asegure la estabilidad del sistema financiero popular y solidario, promoviendo la solvencia y la capacidad de respuesta de las entidades ante situaciones de riesgo.
En particular, y en lo que respecta al fortalecimiento de la solvencia de las entidades del sector popular y solidario, se autoriza que las cooperativas puedan requerir un porcentaje del monto del crédito otorgado a los socios, hasta un 3%, para destinarlo al Fondo Irrepartible de Reserva Legal, con la posibilidad de que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria lo establezca como obligatorio, dependiendo de la situación financiera de cada entidad.
El 3% del monto de los créditos no se considera para el cálculo de las tasas de interés activas efectivas, lo que implica que no afectará los costos para los socios en términos de intereses.
En créditos con un plazo menor a un año, el porcentaje destinado al fondo se calcula anualmente de forma proporcional. Para créditos de mayor duración, el cálculo se hace por una sola vez.
La resolución es aplicable solo a los créditos originales, excluyendo los que han sido novados, reestructurados o refinanciados.
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria notificará a las entidades controladas sobre la resolución y ajustará sus normas de control a lo establecido en el plazo de 30 días.
La resolución entró en vigor de inmediato, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
DURINI & GUERRERO ABOGADOS