La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) reforma la normativa sobre Buen Gobierno en entidades financieras bajo su control

A través de RESOLUCIÓN No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INFMR-INSESF-INGINT-2024-0188, promulgada el 30 de agosto de 2024 por la Intendencia General Técnica de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), se establecen medidas regulatorias destinadas a asegurar una buena gobernanza, gestión y cumplimiento robustos dentro de las cooperativas de ahorro y crédito, y asociaciones mutuales de ahorro y crédito. 

La resolución subraya la importancia de la buena gobernanza, la transparencia, la rendición de cuentas, la representación equitativa y la protección de los intereses de los socios, fortaleciendo así la integridad y estabilidad del sector financiero popular y solidario en el Ecuador.

Objetivos y Alcance: El objetivo principal de la resolución es establecer directrices integrales que aseguren que las entidades cooperativas operen bajo principios de buena gobernanza. Busca fomentar prácticas que promuevan la eficacia, eficiencia, transparencia, conducta ética, responsabilidad social y equidad de género en todas las actividades organizacionales. Estas disposiciones se aplican a las entidades cooperativas de ahorro y crédito, fondos centrales y asociaciones mutuales de ahorro y crédito para la vivienda.

Buena Gobernanza. Definición y Principios: La buena gobernanza dentro de las entidades cooperativas implica la adhesión a las leyes y regulaciones secundarias establecidas. Los principios clave incluyen:

  • Eficacia: Asegurar una gobernanza profesional y competente.
  • Eficiencia: Lograr objetivos con recursos mínimos.
  • Transparencia y Divulgación: Mantener información clara y accesible.
  • Rendición de Cuentas: Cumplimiento obligatorio con mecanismos de rendición de cuentas.
  • Representación Equitativa: Promoción de la diversidad e inclusión en roles de liderazgo.
  • Conducta Ética: Mantener altos estándares éticos.
  • Responsabilidad Social: Compromiso con el desarrollo sostenible y la justicia social.
  • Innovación y Resiliencia: Fomentar métodos progresivos y adaptables.
  • Colaboración y Cooperación: Fomentar esfuerzos cooperativos dentro y fuera de las entidades.

Las entidades deben adherirse estrictamente a estos principios para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la representación equitativa, beneficiando a todos los socios y partes interesadas.

Plan Estratégico: Se amplía la necesidad de que las entidades cuenten con un plan bajo el cual evalúen su situación actual, definan objetivos futuros y naveguen hacia el éxito sostenible mientras abordan los riesgos. El plan debe incorporar un programa anual con presupuestos asignados sujetos a revisiones regulares utilizando indicadores de rendimiento cuantitativos. Además, las entidades deben incorporar perspectivas de género para asegurar la igualdad e inclusión en todos los niveles de planificación y ejecución.

Código Regulatorio de Buena Gobernanza. Propósito y Composición: El Código de Buena Gobernanza está concebido como una norma fundamental para guiar a las entidades hacia una toma de decisiones justa y equitativa. Este código debe desarrollarse en alineación con los estatutos de la entidad, regulaciones internas y planes estratégicos, y está destinado a asegurar una participación inclusiva a través de líneas de género, etnia y otras líneas sociales, bajo los siguientes componentes mínimos:

  • Asambleas Generales
  • Consejos de Administración y Vigilancia
  • Gerente
  • Controles internos
  • Auditores (internos y externos)
  • Gestión integral de riesgos
  • Políticas de divulgación de información
  • Infracciones y sanciones

Monitoreo y Cumplimiento: Las entidades están obligadas a someterse a un monitoreo continuo y auditorías anuales para asegurar la adherencia a las prácticas de gobernanza. Se deben emplear medidas correctivas inmediatas cuando se detecten riesgos, activando así planes detallados de recuperación o continuidad.

Ética y Conducta: Las entidades deben constituir comités de ética, compuestos por representantes de la asamblea general, consejos de supervisión y empleados, enfatizando la diversidad de género y cultural. Las responsabilidades abarcan:

  • Establecimiento de marcos y valores éticos
  • Monitoreo del cumplimiento con estándares legales, antidiscriminación, anticorrupción y antifraude
  • Gestión de la seguridad y confidencialidad de la información
  • Resolución de conflictos de interés
  • Identificación y abordaje de violaciones de conducta ética

Disposiciones Transitorias y Finales: Las entidades tienen hasta el 30 de abril de 2025 para alinear sus prácticas con esta resolución. Los marcos éticos existentes también deben ser revisados en consecuencia. Esta resolución deroga la Resolución No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INSESF-INGINT-2021-019 y entra en vigor de manera inmediata.

DURINI & GUERRERO ABOGADOS

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