Actualizaciones clave | Enero 2026

Durante la primera semana de enero de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió varias disposiciones relevantes en materia tributaria que impactan
directamente en los procesos de facturación, determinación de impuestos y obligaciones de cumplimiento corporativo.
A continuación, presentamos un análisis consolidado de los principales cambios normativos, con énfasis en sus implicaciones legales y operativas para contribuyentes y empresas.

1. Nuevas reglas para la facturación electrónica y anulación de comprobantes

Mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000017, el SRI reformó el procedimiento de emisión y anulación de comprobantes electrónicos, introduciendo cambios sustanciales que entran en vigor desde el 1 de enero de 2026.

Facturación electrónica en tiempo real

Las facturas electrónicas deberán transmitirse al SRI en tiempo real, lo que implica que la fecha de emisión debe coincidir exactamente con la fecha en que se realiza la operación gravada. Queda expresamente prohibida la emisión de comprobantes con fechas retroactivas.

Este cambio obliga a que los sistemas de facturación se encuentren correctamente parametrizados y sincronizados, ya que cualquier desfase puede generar inconsistencias con efectos tributarios.

Nuevo plazo para anulación de comprobantes

La anulación de comprobantes electrónicos solo podrá realizarse hasta el día 7 del mes siguiente al de su emisión.
Además, la anulación requerirá la aceptación expresa del receptor, quien contará con 5 días hábiles desde la solicitud para pronunciarse.
Si no existe respuesta dentro de ese plazo, la anulación se considerará no aceptada y el comprobante mantendrá plena validez legal y tributaria.

Implicaciones prácticas

Este nuevo régimen reduce significativamente los plazos anteriores y exige una gestión mucho más diligente por parte de las áreas contables y financieras. La falta de control oportuno puede derivar en la imposibilidad de corregir errores y en la generación de obligaciones tributarias no deseadas.

2. Actualización de las tarifas del Impuesto a la Renta – Período fiscal 2026

A través de la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000043, el SRI actualizó los rangos de las tablas del Impuesto a la Renta aplicables al período fiscal 2026.
Estas tablas aplican a:

  • Personas naturales
  • Sucesiones indivisas
  • Incrementos patrimoniales derivados de herencias, legados, donaciones y demás actos a título gratuito

La correcta aplicación de las tablas actualizadas resulta esencial para una adecuada determinación del impuesto, evitando diferencias en la liquidación, reparos administrativos o contingencias fiscales futuras.

3. Se mantiene la tarifa del IVA del 15% para el año 2026

Mediante la Circular No. NAC-DGECCGC25-00000006, el SRI confirmó que la tarifa del IVA del 15% se mantiene vigente durante todo el año 2026, mientras no se expida un nuevo decreto ejecutivo que disponga su modificación.

Obligaciones para los contribuyentes

Los sujetos pasivos del IVA deberán:

  • Aplicar correctamente la tarifa del 15% en todas las operaciones gravadas
  • Verificar que la facturación electrónica y los registros contables reflejen la tarifa vigente
  • Cumplir oportunamente con declaraciones y pagos

El SRI anunció que reforzará los controles para verificar el correcto cumplimiento de estas obligaciones.

4. Reformas sobre beneficiarios finales y composición societaria

La Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000046 introduce ajustes relevantes en materia de identificación y reporte de beneficiarios finales.

Beneficiarios finales en fideicomisos administrados por el Estado

Cuando fideicomisos privados sean administrados por instituciones del Estado, se considerarán beneficiarios finales:

  • Las personas naturales que ejerzan la representación legal de dichas instituciones
  • Los representantes legales de los constituyentes

Nuevas obligaciones para organizaciones de la Economía Popular y Solidaria
Estas organizaciones deberán reportar información sobre:

  • Miembros de directorio
  • Administradores
  • Personas con poder de decisión
  • Apoderados generales
  • Titulares de derechos

Siempre que sus aportes acumulados superen dos fracciones básicas gravadas con tarifa cero del Impuesto a la Renta en el ejercicio fiscal correspondiente.

Comentario final

Las disposiciones emitidas en este período refuerzan los controles de la
Administración Tributaria y exigen una revisión inmediata de procesos internos, especialmente en facturación electrónica, cumplimiento del IVA y gobierno corporativo.

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