{"id":2090,"date":"2023-03-29T20:19:52","date_gmt":"2023-03-29T20:19:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dgalegal.com\/?p=2090"},"modified":"2023-04-10T18:02:11","modified_gmt":"2023-04-11T00:02:11","slug":"noticia-juridica-no-173","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dgalegal.com\/en\/noticia-juridica-no-173\/","title":{"rendered":"NOTICIA JUR\u00cdDICA No. 173"},"content":{"rendered":"<p><strong>Puntos clave de las REFORMAS LABORALES para el 2023<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>El Ministerio del Trabajo ha realizado reformas y actualizaciones para este 2023. Entre ellas se destacan los salarios m\u00ednimos sectoriales, las reformas del teletrabajo y las actualizaciones en el sistema \u00fanico del trabajo (SUT). Para conocer el detalle de las actualizaciones, mira nuestro bolet\u00edn:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Ministerio de Trabajo ha realizado varias reformas en el \u00e1mbito laboral para el a\u00f1o 2023, que incluyen modificaciones en los salarios m\u00ednimos sectoriales; as\u00ed como reformas en el teletrabajo y modificaciones en el sistema \u00fanico del trabajo (SUT). A continuaci\u00f3n, detallamos los aspectos m\u00e1s relevantes:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>SALARIOS M\u00cdNIMOS SECTORIALES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Ministerio de Trabajo expidi\u00f3 el Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-234 en el que se acuerda fijar los sueldos y salarios m\u00ednimos sectoriales y las tarifas para el sector privado por ramas de actividad que abarcan las diferentes comisiones sectoriales.<\/p>\n\n\n\n<p>A partir del 01 de enero de 2023 y en concordancia con el porcentaje de incremento del salario b\u00e1sico unificado del trabajador en general para el a\u00f1o 2023,&nbsp;<strong>el incremento porcentual a aplicarse respecto al 2022, es del 5,882% en los sueldos y salarios m\u00ednimos sectoriales y a las tarifas para el sector privado.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La denominaci\u00f3n del cargo y actividad deben ser especificados en el contrato de trabajo. En caso de que los cargos NO se encuentren contemplados en las estructuras ocupacionales, los sueldos, salarios y tarifas, deben ser mayores a los m\u00ednimos establecidos en las ramas de la actividad relacionada.<\/p>\n\n\n\n<p>El empleador o el trabajador puede notificar al Ministerio del Trabajo los cargos que no &nbsp;se encuentren contemplados hasta el 31 de marzo del 2023.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"2\">\n<li><strong>REFORMAS AL TELETRABAJO<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Ministerio de Trabajo expidi\u00f3 el Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-237 en el que se emiten las directrices que regulan el contrato de teletrabajo y los lineamientos del derecho de desconexi\u00f3n laboral. Las disposiciones son de obligatorio cumplimiento para los contratos de trabajo (C\u00f3digo de Trabajo), nuevos o existentes, que apliquen la modalidad de teletrabajo.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>TELETRABAJO&nbsp;<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Relaci\u00f3n laboral<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>El teletrabajo puede ser originario, en cuyo caso el trabajador inicia sus labores bajo esta modalidad, pudiendo cambiar hacia presencial, de forma ocasional, parcial o permanente.<\/li>\n\n\n\n<li>En el mismo sentido, iniciada la relaci\u00f3n laboral de manera presencial, las partes podr\u00e1n pactar en cualquier momento, que la prestaci\u00f3n del contrato de trabajo se realice mediante la modalidad de teletrabajo, debiendo definir el periodo de vigencia, y tomando en cuenta que el teletrabajo no constituye por s\u00ed mismo causal de terminaci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral.<\/li>\n\n\n\n<li>El teletrabajo podr\u00e1 realizarse en el lugar convenido por el empleador y el trabajador, pudiendo ser su domicilio u otro lugar determinado.<\/li>\n\n\n\n<li>Los trabajadores que se encuentren en la modalidad de teletrabajo tienen todos los derechos y garant\u00edas laborales que las personas que trabajan en modalidad presencial, incluyendo pero no limit\u00e1ndose al respeto de la jornada m\u00e1xima, reconocimiento de d\u00edas de descanso, horas extraordinarias y suplementarias, y garant\u00eda de seguridad y salud dentro del espacio de trabajo.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Obligaciones espec\u00edficas del empleador y trabajador ante la modalidad de teletrabajo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Empleador<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Proveer al trabajador equipos e insumos necesarios, incluyendo telefon\u00eda e internet, que permitan al trabajador el correcto desempe\u00f1o de sus actividades.<\/li>\n\n\n\n<li>Registrar, en el sistema que el Ministerio del Trabajo disponga para el efecto, el contrato originario en modalidad de teletrabajo en el plazo de treinta d\u00edas, y el cambio de modalidad en un contrato vigente en el plazo de quince d\u00edas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Trabajador<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Notificar inmediatamente al empleador, de cualquier circunstancia que impida la ejecuci\u00f3n de labores en teletrabajo, sin que implique el fin de la modalidad.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>DERECHO DE DESCONEXI\u00d3N LABORAL<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Los teletrabajadores, con excepci\u00f3n de las personas que cumplan funciones de direcci\u00f3n, confianza y manejo en la empresa, tienen derecho a la desconexi\u00f3n, sin distinci\u00f3n del tipo de contrato que les rija.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalizada la jornada de trabajo, el empleador garantizar\u00e1 el derecho a la desconexi\u00f3n del trabajador, de al menos doce horas continuas en un periodo de veinte y cuatro horas.<\/p>\n\n\n\n<p>El empleador deber\u00e1 implementar una pol\u00edtica de desconexi\u00f3n hasta el 23 de marzo de 2023, que al menos contenga lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Medidas de capacitaci\u00f3n y educaci\u00f3n en respeto a la jornada laboral y al derecho a la desconexi\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>Lineamientos para supervisores con respecto a la formulaci\u00f3n de requerimientos cuando el teletrabajador se encuentre fuera de la jornada laboral.<\/li>\n\n\n\n<li>Directrices para que las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n no impliquen un desmedro en el goce efectivo del descanso laboral.<\/li>\n\n\n\n<li>Procedimiento interno para tramitar quejas por irrespeto al derecho de desconexi\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>ACTUALIZACIONES EN EL SISTEMA \u00daNICO DEL TRABAJO<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2022-241, el Ministerio de Trabajo emiti\u00f3 las directrices para el desarrollo, implementaci\u00f3n y uso de medios electr\u00f3nicos en el Sistema \u00danico de Trabajo (SUT).<\/p>\n\n\n\n<p>El Acuerdo Ministerial establece que los empleadores deber\u00e1n actualizar la informaci\u00f3n en el caso de:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Ingreso inicial: Es el registro del empleador por primera vez en el Sistema \u00danico del Trabajador &#8211; SUT;<\/li>\n\n\n\n<li>Cambio de informaci\u00f3n por actualizaci\u00f3n de datos: La actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n consignada por el empleador debido a la modificaci\u00f3n de cualquiera de sus datos registrados en el SUT;<\/li>\n\n\n\n<li>Del cambio de informaci\u00f3n del representante legal: La actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n consignada por el empleador relacionada con la representaci\u00f3n legal de la persona jur\u00eddica, se la deber\u00e1 realizar en el SUT en un t\u00e9rmino m\u00e1ximo de diez (10) d\u00edas de efectuado el cambio conforme lo determine la ley;<\/li>\n\n\n\n<li>De la actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n por ventana emergente: El empleador al acceder al SUT, deber\u00e1 verificar o actualizar la informaci\u00f3n consignada y desplegada en el sistema, en los casos y en el tiempo que el Ministerio del Trabajo lo considere necesario<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Adicionalmente, el empleador deber\u00e1 realizar una actualizaci\u00f3n peri\u00f3dica conforme el siguiente cronograma:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td><strong>Noveno d\u00edgito de la C.C. o del R.U.C<\/strong><\/td><td><strong>Mes de ingreso de la informaci\u00f3n<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>1-2<\/td><td>Abril<\/td><\/tr><tr><td>3-4<\/td><td>Mayo<\/td><\/tr><tr><td>5-6<\/td><td>Junio<\/td><\/tr><tr><td>7-8<\/td><td>Julio<\/td><\/tr><tr><td>9-0<\/td><td>Agosto<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p>Una vez que esta informaci\u00f3n se encuentre actualizada por el empleador en el SUT, autom\u00e1ticamente se generar\u00e1 un certificado, que contendr\u00e1 la informaci\u00f3n actualizada.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Puntos clave de las REFORMAS LABORALES para el 2023 El Ministerio del Trabajo ha realizado reformas y actualizaciones para este 2023. 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