Nuevas normas de declaración y pago de impuestos

El 23 de septiembre de 2025, la Administración Tributaria de Ecuador emitió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000030, que trae cambios sustanciales en el proceso de declaración y pago de impuestos, esta Resolución sustituye el artículo 9 y agrega el artículo 9.1 de la Resolución 1065, emitida por el propio Sri, estableciendo nuevas disposiciones que se detallan a continuación:

Modificaciones del Art. 9

  • Los impuestos retenidos y/o percibidos deben declararse y pagarse de manera conjunta hasta la fecha de vencimiento fijada en la normativa vigente.
  • En caso de que el contribuyente realice la declaración, pero no efectúe el pago total, esta se considerará como no presentada.
  • Las compensaciones parciales con notas de crédito desmaterializadas no estarán sujetas a esta regla.
  • En caso de que la declaración y el pago se efectúen fuera del plazo, se generarán automáticamente sanciones conforme a la ley.

Nuevo artículo 9.1 – Formulario Múltiple de Pagos

Se incorpora el artículo 9.1, mediante el cual se crea el Formulario Múltiple de Pagos, sin embargo, este no reemplaza la presentación de las declaraciones en los formularios específicos de cada impuesto, salvo que una norma expresa disponga lo contrario.

Entrada en vigor

El nuevo esquema de declaración y pago conjunto entrará en vigencia el 3 de noviembre de 2025, y será aplicable inicialmente para:

  • Las declaraciones de retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta.
  • Las declaraciones de autorretenciones realizadas por grandes contribuyentes

DURINI & GUERRERO ABOGADOS

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